CORREDURIA PUBLICA 16

  Córdoba

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SERVICIOS

 

El Corredor Público brinda servicios de valor agregado a comerciantes y empresarios, para agilizar y dar seguridad jurídica a sus negocios, tales como:

 

***** Fedatario Público, para intervenir en toda clase de actos, convenios, contratos y hechos mercantiles (excepto en algunos relacionados con inmuebles).

 

FE PÚBLICA

Los documentos que el corredor público expide al actuar como fedatario público,  son instrumentos públicos, y en consecuencia constituyen PRUEBA PLENA, lo anterior al tenor de los artículos 18 de la Ley Federal de Correduría Pública, 129 y 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

Instrumento Público son todos aquellos documentos otorgados ante un Fedatario o Corredor Público (actas y pólizas), por ejemplo:

 

1. Constitución de Sociedades Mercantiles. Las sociedades mercantiles son aquellas que en sus actividades realizan actos de comercio es decir tienen una finalidad lucrativa.

Al finalizar el proceso de constitución de sociedad, le entregaremos los siguientes documentos:

A)   Póliza Constitutiva.

B)   Autorización para utilizar una Denominación Social.

C)   Aviso de uso de la Denominación Social.

D)   Boleta de Inscripción en el Registro Público del Comercio.

E)   Cédula fiscal de inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes

 

2. Formalización de Actas de asamblea de sociedades mercantiles. El Corredor Público está facultado para actuar en cualquier acto de la vida jurídica de la empresa, que amerite una asamblea de socios por ejemplo:

  • Transformación: Cambio de estructura o régimen, por ejemplo de una S.A. a una S. de R.L.
  • Fusión: Unión de dos o más empresas.
  • Escisión: División o separación del patrimonio de una sociedad para transmitirlo total o parcialmente.
  • Disolución y liquidación: Terminación de la vida jurídica de la sociedad.
  • La modificación de los estatutos de las sociedades mercantiles y bursátiles.
  • La formalización de cualquiera de los asuntos que se traten en asamblea
  • ordinaria o extraordinaria en términos de la Ley General de Sociedades
  • Mercantiles.
  • Formalización de las actas de sesión del Consejo de Administración
  • La certificación de cualquier situación celebrada en asambleas generales
  • ordinarias o extraordinarias.

Asimismo, por disposición del artículo 181 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, las sociedades anónimas deberán celebrar al menos una vez al año, una Asamblea General Ordinaria de Accionistas dentro de los cuatro primeros meses que sigan a la clausura del ejercicio social.

De igual forma, por disposición legal las sociedades mercantiles deben llevar un Libro de Actas, un Libro de Registro de Accionistas y uno de Variaciones en el capital social y un libro de sesiones del consejo de administración, en caso necesario. En la Correduría Pública 16 le orientamos y auxiliamos para la elaboración de los títulos accionarios, la regularización corporativa y elaboración de los libros corporativos que debe crear y mantener su sociedad.

 

OTROS ACTOS CORPORATIVOS EN LOS CUALES EL CORREDOR PÚBLICO AUXILIA A  LAS EMPRESAS:

  • La amortización de acciones en términos de la fracción III del artículo 136 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • La venta de acciones en términos del artículo 120 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • La notificación de cualquier resolución del Consejo de Administración.
  •  Las certificaciones del Libro de Registro de Acciones para  efectos del artículo 129 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • La petición de los accionistas que representen el 33% del capital social en términos del artículo 184 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • La petición del titular de una sola acción. en términos del artículo 185 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

 

3. Ratificación de firmas. Le ofrecemos el servicio de ratificación de Contratos Mercantiles ya sea que las partes lo firmen en privado y posteriormente acudan ante la Fe del Corredor Público y ratifiquen sus firmas o que el Corredor Público elabore el contrato mercantil y las partes lo firmen ante su presencia.

La diferencia entre un contrato privado y uno ratificado es que el segundo firman las partes ante un fedatario como lo es el Corredor Público, lo cual le da mayor fuerza legal al momento de exigir su cumplimiento. Lo anterior le beneficia en el ahorro de tiempo y dinero en un juicio. La parte que incumplió no puede alegar que no es su firma, toda vez que fue identificado al momento de firmar, ante el Corredor Público.

 

4. Notificaciones y requerimientos. Un Corredor público realiza notificaciones, requerimientos de pago o protestos de documentos mercantiles con fe pública de la cual está investido. Los actos anteriores son útiles para el comerciante en la medida que simplifican o ahorran la preparación de un procedimiento juicio y/o el acercamiento con la contraparte que es notificada, a efecto de negociar y llegar a un arreglo.

5. Otros servicios de fe pública:

  • Fe de hechos de carga y descarga de mercancías.
  • Fe de hechos sobre reconocimiento de adeudo o rescisión de contratos
  • Fe de hechos sobre la utilización de marcas y demás derechos de propiedad intelectual
  • Fe de hechos sobre destrucción de inventarios.
  • Fe de hechos de una adecuada gestión náutica y utilización de embarcaciones, así como el abanderamiento de buques y navíos.
  • Afectación de garantía para caucionar el cumplimiento de obligaciones a favor de instituciones de fianzas.
  • Expedición de Facturas mercantiles (en caso de que haya perdido la factura de su bien o esta se haya destruido) de bienes muebles, tales como vehículos o embarcaciones.

                                    Es importante mencionar que el CORREDOR PÚBLICO al ser nombrado por el ejecutivo federal, puede actuar EN MATERIA DE FE PÚBLICA en su plaza respectiva (en todo el estado) y en aquellos lugares donde la federación tenga jurisdicción exclusiva, por supuesto incluyendo mar territorial.

6. COTEJO Y CERTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS MERCANTILES, así como de los que formen parte de la contabilidad o de la correspondencia de los comerciantes, sobre todo cuando éstos tengan necesidad de exhibir algún documento sin tener que desprenderse de su original.

7. CONTRATOS. El Corredor Público está facultado para hacer constar en instrumento público convenios y contratos mercantiles, brindándole seguridad jurídica en las operaciones realizadas y explicándole el valor y las consecuencias jurídicas de todas sus operaciones; con ello, el firmante puede medir los alcances económicos y financieros en las decisiones ejecutadas.

En la correduría pública 16 le brindamos asesoría para la elaboración y formalización de contratos mercantiles, tales como: Contratos de arrendamiento financiero, Compra-Venta de Mercaderías, contratos de Seguros y Fianzas (con o sin garantías), contratos de adquisición, enajenación o cesión de buques y navíos cualquier bien inmueble, compraventa, distribución, consignación, suministro, prestación de servicios, fianzas, franquicias, créditos simples, crédito con garantías prendarias, habilitación y/o avío, refaccionarios, comisiones mercantiles, etcétera.

*** Agente Mediador.- Actuar como agente mediador entre la oferta y la demanda para transmitir e intercambiar toda clase de propuestas entre dos o más partes y asesorar en la redacción, celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil. El corredor público también puede intervenir en las ventas de bienes muebles (vehículos, maquinaria, equipo, aviones o embarcaciones) o inmuebles que sean consecuencia de la realización de garantías reales.

 

*** Perito Valuador.- para estimar, cuantificar y valorar los bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones que le sometan a su consideración, ya sea que hubiere sido designado por las partes interesadas o por la autoridad competente, teniendo el avalúo pleno valor.

 

Los avalúos son útiles y necesarios para diversos fines, por ejemplo:

 

  • Reevaluación de activos para capitalización
  • Valuación de bienes muebles (mobiliario, equipo de oficina, maquinaria, equipo, joyas, obras de arte, entre otros
  • Valuación de acciones, derechos fiduciarios, títulos de crédito, pérdida fiscal, etc.
  • Valuación de contratos como franquicias, suministro, proyectos de inversión
  • Valuación de activos para garantizar el avalúo fiscal y demás efectos fiscales, entre otros, el cálculo del Impuesto sobre la Renta como lo establece la legislación aplicable
  • Valuación de pasivos, obligaciones derivadas de relaciones contractuales, laborales, fiscales.
  • Valuación de marcas, secretos industriales, carteras de clientes, cuentas incobrables y otros intangibles
  • Valuación de negocios en marcha
  • Valuación de bienes inmuebles, tales como casas habitación, edificios, plantas industriales, establecimientos comerciales, entre otros.

 

*** Asesor Jurídico.- El corredor puede actuar como consultor jurídico de los comerciantes y empresas en toda clase de asuntos relacionados con la actividad mercantil; tomando en consideración e investigando el marco legal que rodea al caso concreto, apoyando al cliente en la prevención de riesgos y solución de problemas; sin perder de vista la seguridad y certeza jurídica de la cual es guardián el corredor público. Se caracteriza por ser un servicio constructivo, útil y eficiente para el comerciante o empresario.

 

Algunos aspectos que comprende el servicio de asesoría jurídica que ofrece Correduría Pública 16:

 

  • Orientación sobre la figura legal idónea para emprender e negocio, sea una sociedad mercantil o un contrato mercantil, como la franquicia o la asociación en participación.
  • Asesoría, diseño de estrategia y logística legal en la constitución de cualquier tipo de Sociedad prevista por la legislación mexicana
  • Elaboración de la documentación legal corporativa necesaria para la apertura de Sucursales de sociedades extranjeras para su operación en México
  • Asesoría en materia de gobierno corporativo
  • Asesoría y elaboración de pactos parasociales
  • Asesoría en materia de reestructuraciones corporativas, fusiones, adquisiciones, disolución y liquidación de sociedades
  • Asesoría en materia de franquicias
  • Due diligence /Auditoría Legal
  • Dictámenes jurídicos
  • Elaboración de contratos y orientación sobre la figura contractual idónea para cada operación del comerciante o empresario
  • Servicios migratorios, para todo tipo de trámites de solicitudes de visas, estancias, visitantes, residencias (temporales o permanentes), constancias de inscripción empleadores, permisos de trabajo, para que el personal extranjero de las empresas obtenga la calidad migratoria adecuada.
  • Ø  Trámites ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
  • Trámites y asesoría en materia de propiedad intelectual
  • Trámites ante el Registro Único de Garantías Mobiliarias. Se entiende por Garantía Mobiliaria el acto jurídico mercantil por medio del cual se constituye, modifica, transmite o cancela una garantía, un privilegio especial o un derecho de retención, en favor de un acreedor sobre un bien o conjunto de bienes muebles para garantizar el cumplimiento de una obligación. Si usted cuenta con una Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM), o su empresa otorga créditos con garantía mueble (vehículos, muebles, maquinaria, equipo, etc), en la Correduría Pública 16 podemos apoyarle realizando sus inscripciones con la firma electrónica del Corredor Público.

 

 

**** Árbitro Mercantil: Actuar como árbitro para resolver las controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, con la finalidad de proveer de manera rápida, imparcial y segura a la solución de conflictos mercantiles sin necesidad de acudir a las autoridades judiciales.

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  • Derecho Mercantil

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