Entrada y salida del territorio mexicano

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Es facultad exclusiva de la Secretaría fijar y suprimir los lugares destinados al tránsito internacional de personas por tierra, mar y aire. La Secretaría, podrá cerrar temporalmente los lugares destinados al tránsito internacional de personas por tierra, mar y aire, por causas de interés público.

Los concesionarios o permisionarios que operen o administren lugares destinados al tránsito internacional de personas, estarán obligados a poner a disposición del Instituto las instalaciones necesarias para el adecuado desempeño de sus funciones, así como cumplir con los lineamientos que al efecto se emitan.

Los mexicanos y extranjeros sólo pueden entrar y salir del territorio nacional por los lugares destinados al tránsito internacional de personas. La internación regular al país se efectuará en el momento en que la persona pasa por los filtros de revisión migratoria

Para entrar y salir del país, los mexicanos y extranjeros deben cumplir con los requisitos