¿Cuál es la mejor manera de formalizar un arrendamiento de inmueble?

¿Para el arrendamiento de un predio, que opción es mejor un contrato expreso o una serie de pagares sin contrato? ¿Qué pasa con la posesión durante y después de ese lapso de enajenación?

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Rm Legal

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Abogado de Aguascalientes especializado en Derecho Administrativo

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Buenas Tardes
Definitivamente un contrato por escrito, pues los pagares no lo vinculan de forma alguna al nacimiento de la obligación.
No hay enajenación, en el contrato de arrendamiento se otorga el uso y disfrute, no la propiedad.
Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Leyva Consultoría Legal

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Abogado de Mérida especializado en Derecho Mercantil

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