Beneficios penitenciarios en el Distrito Federal.

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Zaynos Abogados

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Abogado de México especializado en Derecho Penal

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Uno de los aspectos menos estudiados y que crea mucha confusión entre los internos en reclusorios del Distrito Federal y sus familiares es el de los beneficios penitenciarios. Normalmente quien da la información a los internos no tiene claros cuáles son los beneficios y, aún más importante, no tiene claros los requisitos para obtenerlos.

A continuación presentaremos brevemente los lineamientos generales de dichos beneficios.
Según la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social para el Distrito Federal, existen cinco beneficios penitenciarios, estos son:

1. Monitoreo electrónico a distancia.
2. Tratamiento preliberacional.
3. Libertad preparatoria.
4. Externación de los enfermos psiquiátricos.
5. Remisión parcial de la pena.

Cada uno de estos beneficios tiene sus propios requisitos, por ejemplo, para poder solicitar los beneficios 1 y 2 es un requisito el ser primodelincuente entre otros.
La libertad preparatoria requiere que el interno haya cumplido las 3/5 (tres quintas) partes de la pena de prisión impuesta.
La remisión parcial de la pena requiere que el sentenciado participe regularmente en actividades laborales, educativas, deportivas o de otra índole que se organicen en el centro penitenciario.

Casi todos los beneficios requieren que se cubra la reparación del daño para ser otorgados.

Es de señalar que cada caso en particular requiere de un estudio detallado de los antecedentes del interno para saber si es procedente el solicitar alguno de los beneficios penitenciarios señalados en ete artículo por lo que se recomienda que se acuda con un profesional que conozca de beneficios penitenciarios para una asesoría adecuada.

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