En el caso de tránsito marítimo
Guía publicada por:
Lexdir
No se permitirá la visita a ningún transporte marítimo en tránsito internacional sin la autorización previa de las autoridades sanitarias y del personal del Instituto.
Las empresas de transporte responderán pecuniariamente de las violaciones a la Ley que cometan sus empleados, agentes o representantes, sin perjuicio de la responsabilidad directa en que incurran éstos.