Infracciones a terceros
Guía publicada por:
Lexdir
Son infracciones cuya responsabilidad recae sobre terceros, las siguientes:
- Asesorar, aconsejar o prestar servicios para omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales.
- Colaborar en la alteración o la inscripción de cuentas, asientos o datos falsos en la contabilidad o en los documentos que se expidan.
- Ser cómplice en cualquier forma no prevista, en la comisión de infracciones fiscales.
Se sancionará con una multa de $39,670.00 a $62,340.00, a quien cometa las infracciones a las disposiciones fiscales a que se refiere esto.