La terminación del concursomercantil
Guía publicada por:
Lexdir
El juez declarará concluido el concurso mercantil en los siguientes casos:
- Cuando se apruebe un convenio
- Si se hubiere efectuado el pago íntegro a los Acreedores Reconocidos;
- Si se hubiere efectuado pago a los Acreedores Reconocidos mediante cuota concursal de las obligaciones del Comerciante, y no quedaran más bienes por realizarse;
- Si se demuestra que la Masa es insuficiente, aun para cubrir los créditos,
- En la etapa de quiebra, cuando se apruebe un convenio por el Comerciante y la totalidad de los Acreedores Reconocidos, o
- En cualquier momento en que lo soliciten el Comerciante y la totalidad de los Acreedores Reconocidos.
La sentencia de terminación del concurso mercantil se notificará a través del Boletín Judicial o por los estrados del juzgado.