¿Cómo debo considerar en lo fiscal el desarrollo de software?

Me dedico al desarrollo de software web y otros productos y servicios digitales. Tengo la posibilidad de licenciar mis aplicaciones a clientes por medio de una tienda en internet con base en el extranjero, en donde recibiría ingresos mensuales menos las comisiones que ellos me rebajan. Necesito saber si en México esto se catalogaría como ingresos por comisiones o ventas o servicios, y cómo podría tributar ante el SAT y si esto causaría IVA.

Respuestas de otros profesionales:
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Que tal:

Buenas tardes, tu al ser desarrollador de software tienes dos actividades que es la venta de tu producto y el respaldo que le brindas a tus usuarios ya que les estas vendiendo un servicio, si tu oficina se encuentra en México y desde aquí originas la venta será en México donde tendrás que pagar los impuestos correspondientes, por lo que será necesario que te de de alta en el REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES obtener tu cédula fiscal y así poder declarar tus ingresos y egresos, ya que la actividad que estas llevando a cabo es comercial y de acuerdo al Código de Comercio es un requisito indispensable para ejercer actos de comercio el estar inscrito en el Registro federal de Contribuyentes.

De igual es de suma importancia que tus programas se encuentren debidamente inscritos ante el INDAUTOR con el fin de obtener el registro como autor y desarrollador de los programas que ofertas ya que así podrás celebrar contratos que te permitan otorgar licencias y esten plenamente reconocidos por el estado.
Seguimos a tus órdenes.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Tendríamos que hacer un estudio de la manera en la que se haría el pago para poder guiarte correctamente con la mejor manera de pagar tus impuestos y cumplir con tus obligaciones fiscales en México. Te recomiendo nos contactes www.iiclegal.com saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado