¿Cómo puedo registrar a mis hijos?
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Se requieren mayores elementos informativos para brindar una opinión más acertada.Quedo a sus órdenes Lic. Arturo Chaim Pell en el cincuenta y seis dieciséis cuarenta y cinco diecinueve.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Buenas tardes en este caso la regulación de sus hijos lo tendrá que hacer mediante un juicio, quedo a sus órdenes.
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