¿Me puedo casar siendo menor de edad?

Mi novia tiene 16 años y yo 17, pero nos queremos casar.

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Abogado de Tlaxcala

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1. Solicitud llena a máquina o en computadora (con letra MAYÚSCULA), firmada por ambos contrayentes.
2. Actas de nacimiento de ambos pretendientes, certificaciones expedidas por el Registro Civil.
3. Copias de identificación oficial vigente de ambos pretendientes (en caso de que el domicilio en la identificación no corresponda al actual, presentar comprobante de domicilio reciente).
4. Análisis clínicos prenupciales (VIH, VDRL), (Vigentes 15 días naturales a la fecha de la celebración).
5. Certificado médico, suscrito por un médico legalmente autorizado para ejercer la profesión que asegure que los pretendientes no padecen enfermedad venérea, infecto-contagiosa, crónica o incurable que sean hereditarias, (Vigente 15 días naturales a la fecha de la celebración).
7. Copias de Identificación oficial vigente y Declaratoria por escrito de cuatro testigos mayores de edad, que los conozcan y les conste que no tienen impedimento legal para casarse, (que correspondan a los mencionados en la solicitud) y quienes deberán estar presentes en la ceremonia. Los padres de los pretendientes no firman como testigos.
9. Pláticas Prematrimoniales (presentarse ambos contrayentes).
• En caso de impedimento para contraer matrimonio presentar copia certificada de la dispensa judicial.
• El pretendiente que no haya cumplido la mayoría de edad, deberá presentar credencial escolar o certificado de estudios que lo identifique, consentimiento por escrito de sus padres e identificación oficial de los mismos, quienes deberán estar presentes el día de la ceremonia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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CASTILLAYGONZALEZ

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Abogado de San Luis Potosí especializado en Corporate

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En este caso no es posible casarse por ser menores de edad a solo que cuenten con el consentimiento de los padres y/o de tutores.

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Ganed&JJAbogados

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Abogado de Querétaro especializado en Derecho Administrativo

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Contar con el consentimiento de sus padres. Saludos.

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