Orden de cateo en una escuela preparatoria
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Contestado
Buenas tardes, le mencionó que únicamente la autoridad judicial, a través del requerimiento del Ministerio Público, podrá ingresar a la escuela prepararoria, para llevar a cabo el cateo, realizando la diligencia en el locker, y lo establece el artículo 16 constitucional, nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles, o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento, por lo que un cateo debe observar los requisitos contenidos en dicho artículo constitucional, con la finalidad de asegurar la legalidad de los actos de autoridad. Cualquier duda quedó a sus órdenes, Lic. en D. BELÉN ELIZARRARÁS SÁNCHEZ
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