Desaparición de la fuente de trabajo

La institución de gobierno federal donde trabajo como piloto de avión decidió eliminar la aeronave y no reponerla, por lo que desaparece mi materia de trabajo. Ofrece asignarme a otro puesto que no es como piloto y no me conviene por muchas razones. ¿Procede la indemnización del artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo?
Agradeceré su orientación.

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Contestado

Si procede su indemnización.

Si le ofrecen reubicarlo, esto también es posible, ya que la empresa está buscando continuar recibiendo sus servicios, ya que el que no le convenga por muchas razones suyas, eso ya es otro tema.

Considere la estabilidad del empleo que la empresa le propone, en caso de que no sea conveniente, podrá reclamar precisamente que la fuente de trabajo concluye con la materia de su relación laboral específica y esto no es culpa suya, y la empresa deberá hacer frente a sus responsabilidades laborales.

Saludos.

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