¿En donde localizo la prohibición legal de que una persona moral no debe operar financieramente con cajas populares?

Nuestra duda es en función del alto monto de los bancos como mínimo de apertura de cuenta para una persona moral no lucrativa de asistencia social y no encuentro el artículo fiscal que prohíba operar en cajas populares como auxiliares de crédito.

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Abogado de Mérida especializado en Derecho Mercantil

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