¿Puede cancelarse la anotación de un embargo?
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Las inscripciones preventivas, de cualquier origen, caducaran a los tres años de su fecha, salvo aquellas a las que se les fije un plazo de caducidad más breve. no obstante, a petición de parte o por mandato de las autoridades que los decretaron, podrá prorrogarse una o más veces, por dos años cada vez, siempre que la prorroga sea anotada antes de que caduque el asiento; en este supuesto, hay solicitar al director del registro público, la cancelación, por lo tanto es conveniente revisar en que estado se encuentra la prevención.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Si, pero requieres tener mucho cuidado y hacerlo con cautela.
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