Según la jurisprudencia 2a 81/2016 referente a la edad de jubilación para los trabajadores del estado.
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Contestado
Buenos días, sinceramente no he leído la sentencia, ni entiendo de qué me estás hablando, pero la tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte en fecha 2016 tiene vigencia y no puedes hacer nada para cambiar dicho criterio del máximo tribunal del país.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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