Acerca de la tenencia de los perros y gatos en condominio horizontal

Buenas tardes, tengo una gato es tranquilo hogareño, pero la ley condominal me dice que esta prohibido, he leido algunos articulos que indican que si se puede, mientras no sea una molestia para los demas, tal es el caso de Leo mi gato, no anda en areas comunes, hace sus necesidades en el sitio indicado, no genera malos olores, no molesta a los demas condominos. Sin embargo, si hay un gato de fuera que maulla, pero mi gato ni se inmuta. Es posible que por su tamaño y raza me permitan bajo al amparo de alguna ley quedarme con el, ademas he argumentado que tengo un problema de saludo y me lo prescribieron. mi contrato de arrendamiento empezo en marzo 2014 y es por un año.

Gracias
Saludos

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Vera, Galicia y Pérez Abogados, S.C.

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Abogado de México especializado en Derecho Civil

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Buen día!
La Ley Condominal no prohibe a los condóminos tener animales; sí prohibe la posesión de ciertas especies que por su número, tamaño o naturaleza afecten las condiciones de seguridad, salubridad o comodidad del condominio o de los condóminos. Como indica la Ley, la intención del legislador es proteger a los vecinos de problemas de salud (enfermedades), seguridad (una mascota agresiva, por ejemplo), y comodidad (escándalo de animales). Por otra parte, la Ley de Protección animal establece obligaciones para quien tenga bajo su posesión cualquier animal, obligaciones enfocadas a prevenir el maltrato, abandono y enfermedades de riesgo sanitario; adicionalmente establece que el poseedor o propietario debe tomar las medidas necesarias con el fin de no causar molestias a sus vecinos por ruido y malos olores del animal.
Con lo anterior, concluimos, que sí puedes poseer mascotas en tu unidad privativa, siempre y cuando tomes las medidas necesarias que eviten problemas de seguridad (mordidas o daños que pueda causar el animal), de salud (tenerlo siempre vacunado y limpio), de comodidad (evitar escándalo o ruido excesivo del animal).
Puedes estar tranquilo, puedes tener a tu mascota; si algún vecino se queja deberá hacerlo ante la Procuraduría Social quien iniciará un procedimiento en el cual el vecino tendrá que acreditar (presentar pruebas), de que tu mascota es un peligro. Es importante que obtengas copia del reglamento interno del condominio o de alguna resolución de la asamblea de condóminos para el caso de que hayan establecido políticas, medidas y/o limitaciones adicionales a las de Ley.

A tus ordenes.

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Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de México especializado en Derecho Civil General

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Si el reglamento del condominio lo prohibe la pueden obligar a sacarlo o dejar el inmueble. Si el contrato de arrendamiento lo permite y el reglamento no de igual forma la pueden obligar a sacarlo.

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