¿Cuál es la mejor manera de formalizar un arrendamiento de inmueble?
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Buenas Tardes
Definitivamente un contrato por escrito, pues los pagares no lo vinculan de forma alguna al nacimiento de la obligación.
No hay enajenación, en el contrato de arrendamiento se otorga el uso y disfrute, no la propiedad.
Saludos
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Buenos días.
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Saludos.
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