Incumplimiento de convenio de divorcio

No respeta el convenio en cuanto al deposito puntual y oportuno de pension alimenticia y aportacion escolar. Argumenta que la ley lo ampara ya que su trabajo es intermitente y que cuando tenga dara y no le pueden exigir mas. Sus atrasos son constantes hasta de tres meses llegando a depositar desfasado los 20 dias despues de cada mes.
Si llevo a cabo el divorcio en una ciudad no se puede hacer nada en otra ciudad donde vivo actualmente.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Despacho Jurídico Martínez

Despacho Jurídico Martínez

Abogado de Oaxaca especializado en Derecho Civil

VER PERFIL
Contestado

Tu pregunta es un poco ambigua, es decir, primero hablas de pensión alimenticia y después de divorcio, legalmente son cosas distintas, y tampoco dices a que otra ciudad te refieres, pero te comento que en los distintos municipios de un mismo estado aplica la misma legislación, si son municipios o ciudades de diversos estados las legislaciones son distintas, sin embargo aunque te encuentres en una ciudad con legislación igual o distinta se puede solicitar el apoyo a la autoridad del lugar en que se ordenó el pago de la pensión alimenticia para que el obligado cumpla.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Jurídico Frias , International Law Firm
Contestado

Si existe un incumplimiento de convenio, debes presentar un incidente de incumplimiento de alimentos, en la mayoría de las legislación puedes hacerlo por la vía penla y por la vía civil, y verás si no consigue prestado.
En cuanto al divorcio que mencionas, si existe una sentencia en un Estado, es válida en todos los estados, pero si inicias un procedimiento en un Estado, debes darle trámite en el Estado que lo hiciste originalmente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
aseores

aseores

Abogado de México especializado en Derecho Civil

VER PERFIL
Contestado

Buenas noches, su se puede hacer algo penalmente, se tipifica como incumplimiento de obligaciones alimentarias, para poderle dar una asesoría más detallada, favor de comunicarse al Nextel cuarenta y seis cero nueve, ochenta y dos, cuarenta y nueve, o correo i_isaac_rs arroba hotmail punto com, muchas gracias. Lic. Isaac Ramírez

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
IICLEGAL Advanced Consulting Services
Contestado

Todo depende de lo que se acordó en el convenio. Si ahí se dijo que tenía que pagar en cierta fecha entonces sí tiene obligación de cumplir con ese pago. Tendríamos que revisar el convenio primero para poder emitir una opinión.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado