se puede dejar de pagar legalmente una pensión alimenticia?

buenas tardes. mi pareja y yo pedimos esta asesoria legal porque estamos desesperados ya que él lleva diez años divorciado y todavía le pasa pension alimenticia a sus hijos de 17 y 15 años. Pero estos hijos no se reportan con el ni quieren verlo. Lo único que les interesa es el dinero para ir y venir a los Estados Unidos y comprarse celulares nuevos y pagar la gasolina de los coches. la mama los deja solos ya que ella se va al otro lado a trabajar y ante el registro civil sigue apareciendo como casada con el papa de sus hijos. Se les podria cancelar la pension a estos dos hijos que no quieren saber nada de su papa??? Mi pareja y yo tenemos otros hijos y el dinero no alcanza para nada.

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JURIDICO FAMILIAR ESPECIALISTA EN DIVORCIOS
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Buenos Días.-

Tendríamos que vernos personalmente , atendemos este Sábado de las 12:00 del medio día a las 16:00hrs., para explicarle mas ampliamente las alternativas de solución, al tramite de CANCELACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA, asì como también le informamos para su tranquilidad que todos nuestros tramites son garantizados y nuestra especialidad son los tramites de carácter familiar.

Envié a nuestro correo directamente sus teléfonos para el día viernes comunicarnos y confirmar su cita. correo: especialistasdivorcios@hotmail.com , web: www.lexjuris.jimdo.com ,

Consulta Jurídica: 300
En el inicio de cualquier tramite el costo de la consulta se condona.

Ave. Cristóbal Colon y Felix U. Gomez , en el Centro de esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Martínez, Abundes Y Hernández. Abogados

Martínez, Abundes Y Hernández. Abogados

Abogado de Ecatepec especializado en Derecho Penal

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Si los hijos son aún menores de edad no se les puede cancelar la pensión, pero lo que si podría lograrse es una disminución por la existencia dxe otros acreedores alimentarios, en vitud de que la pensión alimenticia debe ser proporcional en razón de las posibilidades económicas de quien lo otorga y de las necesidades de quien la recibe.

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