Quien haya dado lugar, con actos positivos o con
omisiones graves, a que se crea, conforme a los usos del comercio,
que un tercero está facultado para suscribir en su nombre
títulos de crédito, no podrá invocar la
excepción contra el te...
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Son títulos nominativos, los expedidos a
favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto mismo del
documento. En el caso de títulos nominativos que llevan
adheridos cupones, se considerará que son cupones
nominativos, cua...
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Los títulos nominativos serán
transmisibles por endoso y entrega del título mismo, sin
perjuicio de que puedan transmitirse por cualquier otro medio
legal.
La transmisión del título nominativo
por cesión ordinaria o por cualquier ...
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Por medio del endoso, se puede trasmitir el
título en propiedad, en procuración y en
garantía.
El endoso en propiedad, transfiere la propiedad
del título y todos los derechos a él inherentes. El
endoso en propiedad no obligará so...
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,
Formalidades del cheque que la Ley exige
El cheque será siempre pagadero a la vista.
Cualquiera inserción en contrario se tendrá por no
puesta. El cheque presentado al pago antes del día indicado
como fecha de expedición, es pagader...
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El cheque puede ser nominativo o al
portador.
El cheque expedido por cantidades superiores a las
establecidas por el Banco de México, a través de
disposiciones de carácter general que publique en el Diario
Oficial de la Federación, ...
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El cheque que el librador o el tenedor crucen con
dos líneas paralelas trazadas en el anverso, sólo
podrá ser cobrado por una institución de
crédito.
Si entre las líneas del cruzamiento de un
cheque, no aparece el nombre de la i...
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Sólo las instituciones de crédito
pueden expedir cheques de caja a cargo de sus propias dependencias.
Para su validez éstos cheques deberán ser nominativos
y no negociables. Los cheques no negociables porque se haya
insertado en ellos l...
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Es un título de crédito en donde
existen dos partes una llamada (girador) la cual ordena a otro
llamado (girado) que pague una cantidad referida a la orden de el
primero o al de un tercero quien puede fungir como tenedor.
También ...
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La letra de cambio puede ser girada:
I.- A la vista;
II.- A cierto tiempo vista;
III.- A cierto tiempo fecha; y
IV.- A día fijo.
Las letras de cambio con otra clase de
vencimientos, o con vencimientos sucesivos, se e...
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