Prohibiciones en el tránsito federal

Guía publicada por:

Lexdir

Queda prohibido a los conductores llevar bultos y objetos que obstruyan su visibilidad durante el tránsito.

Queda prohibido a los conductores abastecer sus vehículos de combustible con el motor en marcha; tratándose de autobuses u otros vehículos de transporte de pasajeros, deberán abstenerse de abastecer combustible con pasajeros a bordo.

La contravención de ésto, se sancionará con:

I. Multa de 20 a 25 salarios mínimos, cuando se trate de abastecimiento de combustible con el motor en marcha, y

II. Multa de 100 a 150 veces la cuota diaria que establece este Reglamento, cuando se trate de abastecimiento de combustible de autobuses u otros vehículos de transporte de pasajeros con éstos a bordo.

Ningún tipo de vehículo podrá llevar personas en su interior cuando sea transportado o remolcado en maniobras de arrastre. La omisión a ello se sancionará con multa de 50 a 60 veces la cuota diaria que establece este Reglamento.

La carga de un vehículo deberá estar acomodada, sujeta y cubierta en forma que:

I. No se ponga en peligro la integridad física de las personas ni se causen daños materiales a propiedades de terceros;

II. No se arrastre sobre la vía federal ni vaya cayendo sobre ella;

III. No estorbe la visibilidad del conductor ni comprometa la estabilidad en la conducción del vehículo, y

IV. No oculte o disminuya la función de las luces y reflectantes que este Reglamento exige como obligatorios a los vehículos, remolques y semirremolques, para transitar

La omisión al cumplimiento de ello se sancionará con multa de 30 a 60 días de salario mínimo. La sanción se duplicará cuando el infractor conduzca un vehículo de autotransporte federal.

La carga de mal olor o que sea repugnante a la vista será transportada en caja cerrada o debidamente cubierta. La inobservancia a ello será sancionado con multa de 20 a 30 días de salario mínimo.

Queda prohibido el tránsito de vehículos cuyas dimensiones excedan el alto, ancho o largo máximo permitido en el Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal y demás disposiciones administrativas y técnicas.