Queda prohibido a los conductores entablar competencias de velocidad o de aceleración en las vías federales. A los conductores de automóviles que violen ésta prevención se les aplicará sanción de 50 a 75 días de salario mínimo. El import...
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Los conductores que operen sus vehículos a una velocidad tan baja que entorpezca el tránsito de la vía federal y que lo hagan cuando no existan razones de seguridad para vehículos o peatones o cualquier otra causa justificada para ello, ...
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La velocidad máxima para el tránsito de vehículos es la indicada en los dispositivos para el control de tránsito, siendo ésta hasta de:
80 km/h para Camiones;
95 km/h para autobuses, y
110 km/h para cualquier otro vehículo. ...
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