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I. Por muerte del usufructuario;
II. Por vencimiento del plazo por el cual se
constituyó;
III. Por cumplirse la condición impuesta en
el título constitutivo para la cesación de este
derecho;
IV. Por la reunión del usufr...
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La adquisición de bienes en virtud de la
posesión, se llama prescripción positiva; la
liberación de obligaciones, por no exigirse su cumplimiento,
se llama prescripción negativa.
Pueden adquirir por prescripción positiva
todos los que ...
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I. En cinco años, cuando se poseen en
concepto de propietario, con buena fe, pacífica, continua
y
públicamente;
II. En cinco años, cuando los inmuebles
hayan sido objeto de una inscripción de
posesión;
III. En diez años, c...
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El usufructuario tiene derecho de ejercitar todas
las acciones y excepciones reales, personales o posesorias, y de
ser considerado como parte en todo litigio, aunque sea seguido por
el propietario, siempre que en él se interese el
u...
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Si el usufructo comprendiera cosas que se
deterioran por el uso, el usufructuario tendrá derecho a
servirse de ellas, empleándolas según su destino, y
no estará obligado a restituirlas, al concluir el usufructo,
sino en el estado en q...
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El usufructuario, antes de entrar en el goce de
los bienes, está obligado:
I. A formar a sus expensas, con citación
del dueño, un inventario de todos ellos, haciendo tasar
los
muebles y constar el estado en que se hallen los...
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Si el usufructo fuere constituido por contrato, y
el que contrató quedare de propietario, y no exigiere en el
contrato la fianza, no estará obligado el usufructuario a
darla; pero si quedare de propietario un tercero, podrá
pedirla au...
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Todo copropietario tiene derecho para obligar a
los partícipes a contribuir a los gastos de
conservación de la cosa o derecho común. Sólo
puede eximirse de esta obligación el que renuncie a la parte
que le pertenece en el dominio. Nin...
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Los propietarios de cosa indivisa no pueden vender
a extraños su parte respectiva, si el partícipe
quiere hacer uso del derecho del tanto (un copropietario quiere
comprar la parte de otro). A ese efecto, el copropietario
noti...
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La copropiedad cesa: por la división de la
cosa común; por la destrucción o pérdida de
ella; por su enajenación y por la consolidación o
reunión de todas las cuotas en un sólo
copropietario.
La división de una cosa común no
perj...
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